Corte Superior
Sentencia de Vista – Expediente N.° 03175-2022-0-1601-JR-LA-04
Horas extras y fiabilidad del registro de asistencia
El caso
Una trabajadora demandó a Danper Trujillo S.A.C. por beneficios sociales. El Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo de Trujillo estimó parcialmente la demanda y ordenó pagar S/ 12,636.91, más intereses. La empresa apeló tanto la sentencia como un auto dictado durante el juzgamiento. Alegó que, tras la anulación de una sentencia anterior y el cambio de magistrado, debían repetirse etapas de la audiencia para permitirle cuestionar pruebas. También objetó los conceptos vinculados con horas extras, feriados, vacaciones y utilidades, e invocó un límite de 5 años para conservar documentos laborales.
El criterio
La anulación anterior alcanzó únicamente a la sentencia, no a la audiencia del 12 de mayo de 2023. Por ello, las etapas válidamente concluidas conservaron eficacia y el cambio de magistrado justificó renovar la actuación probatoria y los alegatos, sin reabrir automáticamente las oportunidades para formular tachas (considerandos 2-3 y 17-19). En cuanto al registro de asistencia, la Sala consideró inverosímiles las marcaciones diarias de ingreso y salida idénticas para toda la planilla; las boletas que consignaban sobretasas de 25 %, 35 % y 100 % aportaban indicios de trabajo extraordinario. Sobre la conservación documental, aplicó al caso el criterio de la Casación N.° 36773-2023-La Libertad, de la Cuarta Sala Suprema, y destacó que Danper no se opuso oportunamente a la exhibición de los registros (considerandos 20-22).
La decisión
El Tribunal confirmó el auto interlocutorio y la sentencia que declaró fundada en parte la demanda. Danper debe pagar S/ 12,636.91, más los intereses que se liquiden en ejecución. Se mantiene el rechazo de las utilidades correspondientes a 2013, 2014, 2015, 2018, 2020 y 2021, así como los honorarios profesionales de S/ 1,500.00, más el 5 % indicado en el fallo. Los actuados vuelven al juzgado de origen.
Tip legal
Si la empresa aporta controles con horas idénticas para toda la planilla, contraste sus marcaciones con las boletas y los pagos de sobretasas. Formule oportunamente la oposición a la exhibición documental: en este expediente, la falta de oposición fue un dato decisivo para desestimar el agravio empresarial.
Páginas verificables del documento: 1-2, 5, 8-9, 13-15.
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