Corte Suprema
Apelación N.° 156-2025 Cañete
Prevaricato judicial y motivación de absolución
El caso
Un juez supernumerario fue acusado de prevaricato por dictar, en un proceso de convocatoria judicial a junta de accionistas de Agrícola Santa Bárbara S.A., una resolución que rechazó la nulidad de la asamblea pese al retiro anticipado del notario y a la falta de certificación del acta. La Fiscalía sostuvo que infringió los artículos 64 y 117 de la Ley N.° 26887. La Sala Penal Especial de Cañete lo absolvió y rechazó la reparación civil. El Ministerio Público y la Procuraduría apelaron por defectos de motivación en ambos extremos.
El criterio
El primer párrafo del artículo 418 del Código Penal sanciona, entre otras conductas, la resolución judicial manifiestamente contraria al texto expreso y claro de la ley; este requisito se interpreta restrictivamente (fundamentos del Tribunal Supremo 1.2 a 1.5). Al revisar la absolución, la Corte encontró una contradicción: la Sala Superior sostuvo que el hecho era objetivamente atípico, pero concluyó que faltaban pruebas para desvirtuar la presunción de inocencia (fundamento 2.2). También cuestionó que exigiera pericias para explicar la función notarial y que no justificara el cambio de valoración de documentos considerados relevantes (fundamentos 2.3 y 2.4). Según la Corte, la presencia inicial del notario no satisface el artículo 117 de la Ley N.° 26887 si se retira sin certificar ni firmar el acta. El rechazo de la reparación civil carecía igualmente de motivación suficiente (fundamentos 2.7 y 2.9).
La decisión
Declaró fundadas las apelaciones, anuló la sentencia absolutoria y ordenó un nuevo juicio oral ante un colegiado distinto, conforme al artículo 150, literal d), del Código Procesal Penal. El nuevo tribunal deberá pronunciarse con motivación suficiente sobre la imputación y el extremo civil; la Corte Suprema no condenó al acusado ni fijó reparación. El fallo contiene una discrepancia sobre la fecha de la sentencia anulada: la identifica como de 02/04/2025 en sus antecedentes y como de 12/10/2023 en el numeral II de la decisión.
Tip legal
Al cuestionar una absolución por prevaricato, distinga la discusión sobre tipicidad de la discusión sobre suficiencia probatoria. Si la junta fue convocada judicialmente, documente cuándo se retiró el notario y si certificó y firmó el acta; explique cómo esos datos inciden en el artículo 117 de la Ley N.° 26887.
Páginas verificables del documento: 1-2, 4-6, 8-15.
Las fichas las redacta Justiniano automáticamente a partir del texto de cada resolución. El documento que vale es el PDF oficial.
← Todas las resoluciones