Corte Suprema
Apelación N.° 91-2025 Lima
Uso de documentos falsos en arbitraje
El caso
Una sociedad conyugal recibió S/ 110 000 mediante un mutuo con garantía hipotecaria. Ante el incumplimiento de pagos, los acreedores iniciaron un arbitraje de cobro ante CAFI Perú. La Fiscalía atribuyó a la acusada y a su cónyuge la presentación de escritos acompañados de documentos falsos para sostener que la deuda había sido cancelada. El juzgado absolvió a la acusada porque estimó que no se había probado que conociera la falsedad. Tras la apelación fiscal, la Sala Superior revocó esa absolución y la condenó por uso de documento público y privado falso. La condenada interpuso una segunda apelación ante la Corte Suprema.
El criterio
La controversia en esta instancia se concentró en el dolo: tanto el juzgado como la Sala Superior habían tenido por acreditada la falsedad de los documentos y su uso, conforme al artículo 427 del Código Penal (considerando 7.2). La Corte sostuvo que el conocimiento de la falsedad puede inferirse de datos objetivos mediante una motivación lógica y específica, pues se trata de un hecho psíquico (considerando 7.4). En este expediente valoró la participación activa de la acusada en el arbitraje, sus firmas en escritos y documentos cuestionados, y el contenido de constancias que aludían a pagos efectuados en presencia de los acreedores. Esas circunstancias, relacionadas con una deuda que la acusada conocía, sustentaron la conclusión de que sabía qué documentos utilizaba (considerandos 7.5 a 7.7).
La decisión
La Sala Penal Permanente declaró infundada la segunda apelación y confirmó la sentencia de vista que condenó a la acusada a 2 años de prisión suspendida por el mismo plazo. Mantuvo la reparación civil de S/ 8000, distribuida a razón de S/ 1000 por cada agraviado, al considerar acreditado el daño ocasionado con la documentación presentada en el arbitraje. Además, impuso a la recurrente las costas del recurso, cuya liquidación corresponde al juzgado competente.
Tip legal
En una acusación por uso de documento falso, pruebe por separado la falsedad y el conocimiento de quien lo presentó. Si el documento se usó en un arbitraje, reconstruya quién firmó cada escrito, qué afirmaba el anexo y qué hechos personales permitían al firmante advertir su falsedad.
Páginas verificables del documento: 1-5, 7, 9-10, 12, 18-20.
Las fichas las redacta Justiniano automáticamente a partir del texto de cada resolución. El documento que vale es el PDF oficial.
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