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Corte Suprema

Casación Laboral N.° 6194-2025 Lima

Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema19/08/2026Laboral

Laudo colectivo y motivación de sentencia

El caso

El sindicato de inspectores reclamó a SUNAFIL y al Ministerio de Trabajo el pago de asignaciones de movilidad y alimentación previstas en el Laudo Arbitral 2010-2012, incluidos devengados para 193 afiliados. El juzgado amparó el pago y también ordenó mantener permanentemente los beneficios e incorporarlos en instrumentos presupuestarios. La Sala Superior confirmó las obligaciones de pago, pero dejó sin efecto esas últimas órdenes porque excedían lo pedido. SUNAFIL recurrió en casación: alegó que la vista no respondió su objeción sobre la representación sindical de no afiliados o cesados ni explicó adecuadamente la liquidación.

El criterio

Conforme al artículo 139, inciso 5, de la Constitución, la omisión de respuesta a un agravio solo justifica invalidar la sentencia si afecta la defensa o puede incidir en lo resuelto. La excepción sobre representación sindical había sido presentada extemporáneamente y rechazada en la audiencia de conciliación; SUNAFIL tampoco identificó un perjuicio concreto derivado de que la vista no la tratara otra vez (fundamentos 5.1 a 5.5). Sobre la liquidación, la Corte verificó que la Sala Superior expuso las razones de la responsabilidad de SUNAFIL por la transferencia regulada en la Ley N.° 29981 y consignó los montos reconocidos. El desacuerdo con los cálculos no demostraba, por sí mismo, motivación aparente. La vista, además, corrigió las órdenes permanentes y presupuestarias que el sindicato no había solicitado (fundamentos 5.6 a 5.10).

La decisión

Declaró infundado el recurso de casación de SUNAFIL y no casó la sentencia de vista. Permanecen las obligaciones de pago de las asignaciones reconocidas en el proceso, junto con la decisión superior que dejó sin efecto la orden de mantenerlas permanentemente e incluirlas en el PIA, el presupuesto desagregado y el plan operativo institucional. La Corte resolvió únicamente la causal procesal de motivación admitida en casación.

Tip legal

Si se denuncia que una sentencia omitió responder un agravio, identifique cuándo se planteó válidamente y explique qué resultado podría haber cambiado. Si se cuestiona una liquidación, señale el cálculo y los datos concretos objetados; la sola discrepancia con el monto no acredita falta de motivación.

Descargar la resolución

Páginas verificables del documento: 1-4, 9-14.

Las fichas las redacta Justiniano automáticamente a partir del texto de cada resolución. El documento que vale es el PDF oficial.

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