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SERVIR

Resolución N.° 005388-2026-SERVIR/TSC-Segunda Sala

Segunda Sala del Tribunal del Servicio Civil25/09/2026Gestión pública · SERVIR y SUNAFIL

Cese temporal docente y verdad material

El caso

La UGEL La Unión inició un procedimiento disciplinario contra la directora de la Institución Educativa N.° 1448 porque, según la imputación, omitió registrar información del mantenimiento escolar de 2024, ejecutó negligentemente las acciones previstas y no rindió cuentas de los fondos. Le impuso 6 meses de cese temporal sin remuneración. La directora apeló: sostuvo que la plataforma no permitía el acceso, que comunicó el problema a la UGEL y que los trabajos sí se realizaron. Presentó fotografías y cuestionó que los cargos no precisaran las omisiones atribuidas. El Tribunal examinó la validez del inicio y de la sanción.

El criterio

La imputación se vinculó con el primer párrafo del artículo 48 y los literales m) y q) del artículo 40 de la Ley N.° 29944. Sin embargo, la UGEL no delimitó con claridad la fecha máxima para sustentar los gastos: en el acto de inicio mencionó 6 fechas distintas de 2024. Esa indefinición impedía precisar qué incumplimiento debía defender la directora y exigía que la entidad esclareciera los hechos conforme a los principios de impulso de oficio y verdad material. En el fundamento 36, la Sala aplicó el numeral 1 del artículo 10 del TUO de la Ley N.° 27444, aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2026-JUS, para declarar inválidos los actos. Los fundamentos 37 y 38 precisan que la responsabilidad sigue pendiente de determinación y que la UGEL debe atender los plazos de prescripción.

La decisión

Declaró nulas la Resolución Directoral N.° 020-2025.UGEL.LaUnión, que inició el procedimiento, y la Resolución Directoral N.° 082-2025.UGEL.LaUnión, que impuso el cese. Ordenó retrotraer el expediente al momento anterior al acto de inicio y devolverlo a la UGEL La Unión. La Sala no resolvió si la directora cometió la falta: la entidad deberá formular una imputación válida y continuar el procedimiento respetando el debido procedimiento y la prescripción.

Tip legal

Al imputar una rendición de cuentas tardía, identifique una única fecha exigible y el documento que la establece. Si existen cronogramas o fechas sucesivas, explique cuál rige el caso antes de iniciar el procedimiento; una imputación temporal contradictoria puede invalidar también la sanción posterior.

Descargar la resolución

Páginas verificables del documento: 1-2, 12-13.

Las fichas las redacta Justiniano automáticamente a partir del texto de cada resolución. El documento que vale es el PDF oficial.

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