Volver al inicio

SERVIR

Resolución N.° 005670-2026-SERVIR/TSC-Segunda Sala

Segunda Sala del Tribunal del Servicio Civil09/10/2026

Uso de vehículo oficial y viáticos

El caso

SENASA inició un procedimiento disciplinario contra un director ejecutivo por presuntamente usar un vehículo institucional para trasladar a un familiar y rendir gastos de viáticos contrarios a su procedimiento interno. Le impuso 15 días de suspensión sin goce de remuneraciones. El servidor apeló: afirmó que cumplió el plan de viaje, que solo estuvo acompañado por su familia, que devolvió dinero antes del procedimiento, que ciertas autoridades debían abstenerse por haber intervenido en un procedimiento anterior y que había prescrito la potestad disciplinaria. La Segunda Sala revisó esos cuestionamientos.

El criterio

La Sala distinguió el cumplimiento de actividades oficiales del desvío personal del vehículo: el propio servidor informó que se apartó del recorrido para trasladar a su familia a un hotel con piscina (fundamento 25). Conforme al artículo 103 del Reglamento General de la Ley N.° 30057 y a las Resoluciones de Sala Plena N.° 001-2021-SERVIR/TSC y N.° 002-2021-SERVIR/TSC, la subsanación voluntaria puede atenuar la sanción, pero no obliga a hacerlo en todo caso; la devolución parcial del dinero no desvirtuó las faltas (fundamentos 27-30). Para la prescripción, aplicó la Resolución de Sala Plena N.° 001-2016-SERVIR/TSC: el año se cuenta desde la notificación del inicio hasta la emisión de la decisión. Ambos actos ocurrieron el 16/07 de años consecutivos (fundamentos 34-35).

La decisión

Declaró infundada la apelación y mantuvo la suspensión de 15 días sin goce de remuneraciones por las faltas de los artículos 85, literales f) y q), de la Ley N.° 30057. Rechazó la alegación de prescripción porque la sanción se emitió dentro del plazo anual. También descartó que la nulidad de actos de un procedimiento anterior obligara, por sí misma, a las autoridades intervinientes a abstenerse en el nuevo procedimiento. Declaró agotada la vía administrativa.

Tip legal

En comisiones de servicio, documente por separado el recorrido del vehículo, sus ocupantes y los gastos rendidos: cumplir el encargo no justifica un desvío personal. Si se devuelve dinero antes del procedimiento, acredite qué daño quedó reparado y argumente expresamente por qué procede atenuar la sanción conforme al artículo 103 del Reglamento General.

Descargar la resolución

Páginas verificables del documento: 1-2, 12, 14-17.

Las fichas las redacta Justiniano automáticamente a partir del texto de cada resolución. El documento que vale es el PDF oficial.

← Todas las resoluciones